Y sí, fiel a su estilo, López Obrador dobló las apuestas. Después de la marcha del domingo y la declaración del dirigente nacional del Alejandro Moreno, acerca de que este partido no votará a favor de la reforma constitucional en materia electoral propuesta por el Ejecutivo, el Presidente anunció un “Plan B”.

“Sin violar la Constitución se puede proponer en una ley o alguna reforma a la ley electoral que se elijan a los consejeros del y magistrados del Tribunal Electoral; que sea posible que no haya plurinominales, que en vez de 500 sean 300. Ver si existe, de acuerdo a lo que establece la Constitución, la posibilidad de hacer una reforma”, dijo ayer .

Desde el punto de vista jurídico, no existe posibilidad alguna de hacer una reforma vía legislación secundaria que modifique ni la manera como se eligen a los consejeros y magistrados ni como se integran las cámaras del (amén que, una vez más, el Presidente mintió al decir que se eliminarían los diputados plurinominales, cuando su propuesta es exactamente la contraria, es decir, todos los diputados serían plurinominales).

El que sí entiende de derecho es el coordinador de los senadores de Morena, , quien, tan pronto como anunció AMLO su intención de darle la vuelta a la Constitución vía reformas a las leyes secundarias —presumiblemente la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral—, rechazó esta posibilidad.

Tiene toda la razón.

El no cuenta con los votos necesarios en el Congreso para reformar la Constitución, pero sí las leyes secundarias. En un intento burdo por subvertir el , pretende modificar reglas constitucionales sin alterar la Carta Magna. Una chicana jurídica.

Así, el Presidente dobla las apuestas, pero va a perder esta mano.

A cuento viene lo que hizo AMLO con la Ley de la Eléctrica (LIE). De acuerdo a la mayoría de los ministros de la , las modificaciones que hizo el Congreso, a propuesta de AMLO, son inconstitucionales. Sin embargo, en nuestro sistema jurídico se requiere una mayoría calificada de ocho de los once ministros de la Corte para declarar formalmente una ley como inconstitucional. En el caso de la LIE, sólo siete ministros votaron en este sentido. Ergo, gracias a una minoría de cuatro ministros, la ley no se declaró como inconstitucional; sin embargo, los afectados pueden demandar la suspensión de sus efectos vía amparo. O sea, no es inconstitucional, pero uno se puede amparar por su inconstitucionalidad. Cosas surrealistas de nuestro .

De esta forma, estamos en una especie de limbo jurídico que ha creado una enorme confusión e incertidumbre en el mercado eléctrico. Supongo que algo similar quiere el Presidente en materia electoral. Una medio victoria apostándole a que cuatro ministros de la SCJN medio salven sus cambios.

Pero eso no va a suceder. A diferencia del tema eléctrico, en materia electoral no hay manera de que el Presidente obtenga una medio victoria. Más bien se enfilaría hacia una derrota.

A diferencia de otras leyes, en materia electoral existe un tribunal especializado con capacidad de declarar la inaplicabilidad de leyes que sean contrarias a la Constitución. Me refiero al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En lo que la Suprema Corte decide si son inconstitucionales las modificaciones de AMLO, para lo cual se requeriría la mayoría calificada de ocho ministros, el TEPJF, por mayoría simple de cuatro de sus siete magistrados, podría sentenciar la inaplicabilidad de estos cambios. Ahí se detendría el asunto.

Tal y como ocurrió este año cuando el Congreso aprobó un “decreto de interpretación auténtica” de los artículos 41 y 134 constitucionales para que la propaganda gubernamental sólo fuera aquella que se paga con recursos presupuestales, con el fin que los gobernadores pudieran promover la campaña a favor de AMLO en la revocación de mandato. El TEPJF declaró inaplicable este decreto legislativo. Las sentencias de este tribunal son definitivas e inatacables. Luego, la SCJN siguió por el camino trazado por el TEPJF: resolvió la inconstitucionalidad del decreto y sanseacabó.

Francamente, no veo a la SCJN contradiciendo una sentencia del TEPJF. Por violar la Constitución, este tribunal declararía la inaplicabilidad de los cambios de AMLO. Luego, la Suprema Corte procedería a considerarlos inconstitucionales. Por eso, creo que el Presidente, a pesar de haber doblado la apuesta, tiene perdida esta mano.

 

  •                 Twitter: @leozuckermann

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