Este 2022 trae consigo nuevas reglas en materia fiscal, que si no se cumplen de manera adecuada podrían generar problemas a los contribuyentes, ya que el incumplimiento de las mismas se podría traducir en una multa, revocación de sellos, hasta cometer delitos federales que impliquen cárcel.

Estas nuevas reglas tienen como objetivo principal incrementar la recaudación de y su incumplimiento o mala aplicación pueden generar problemas a los contribuyentes poniendo en riesgo su patrimonio y estabilidad económica.

“Todos estos cambios que está realizando la autoridad es para tener más control sobre nosotros y poder aumentar la recaudación para poder seguir gastando en todo lo que ellos creen que es prioritario, es importante tener cuidado en la implementación de todos estos cambios para poder evitar caer en inconsistencia y tener un acto de molestia”, explicó Enrique Gómez Managing Partner de Desarrollo Empresarial Gober

Estas medidas recién aprobadas en la Cámara de Diputados en la miscelánea fiscal 2022 presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, buscan reforzar las leyes y la recaudación pública, mejorar la administración tributaria, y evitar la evasión fiscal, elusión y corrupción, fortaleciendo así a la autoridad tributaria.

Es por eso que aquí te indicamos las principales modificaciones que se realizaron en el Sistema de Administración Tributaria para fiscalizar de manera más cercana a las personas con sus impuestos o trámites administrativos ante este órgano.

Inscripción ante el a mayores de edad

Aunque no exista alguna actividad económica que les genere , estarán obligados a darse de alta para que obtengan su RFC, con el objetivo de dar seguimiento a los ingresos que pudieran tener o adjudicarles compras bienes y productos sin que se tenga conocimiento de ello. Esta acción de manera directa incrementará el padrón de contribuyentes.

Facturación CDFI 4.0

Esta medida impacta a quienes emiten y reciben facturas por sus actividades comerciales, ahora el documento deberá tener el nombre o razón social, código postal, régimen fiscal del receptor del Comprobante Fiscal y determinar si cada concepto es o no objeto de impuestos. De no realizarse de manera adecuada, podrá hacerse acreedor a una multa que va del 5% al 10% por cada comprobante fiscal a las personas que emitan facturas sin los datos complementarios.

Carta Porte

Es un comprobante fiscal que ayudará al servicio de transporte de bienes, mercancías o vehículos que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal sea terrestre, marítimo, férreo o aéreos, con esto se busca combatir el contrabando de objetos, de no contar con el documento no podrán ser deducibles o en casos más graves puede ser determinado como delito penal o defraudación fiscal.

Dicho documento deberá contar con la siguiente información: datos del transportista, datos del destinatario, número de orden, detalles de la mercancía, concepto de gasto por envíos, tipo de transporte.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Este permitirá simplificar el pago de impuestos, en especial para los pequeños contribuyentes, dirigido en dos vertientes uno para persona físicas que deben de tener ingresos no mayores a $3,500,000.00 con una tasa máxima de 2.5% sin deducción alguna, no todas personas físicas son elegibles para éste nueva modalidad. Y otra para las personas morales que sus ingresos no sean mayores de $35,000,000.00, la tasa será del 30%, no todas las personas morales podrán tributar en esté nuevo régimen.

Con esto se busca que la autoridad pueda aumentar la base de contribuyentes haciéndoles pensar que es más simple poder realizar su pago de impuestos.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Este generará nuevos productos a la tasa del 0 por ciento, como los de higiene menstrual y alimento para animales, a excepción de los alimentos procesados que se incluyen en la Ley vigente para perros, gatos y pequeñas especies.

Dictamen fiscal

Será para un determinado grupo de contribuyentes que excedan la cantidad de $1,650,490,600.00 de ingresos acumulables o que sus acciones sean colocadas en el público inversionista o bolsa de valores, dicho dictamen se deberá presentar a más tardar el 15 de mayo del año siguiente.

Esta nueva obligación impone a los contadores en la necesidad de denunciar al contribuyente que omita declaraciones o que lleve alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal, en caso que no lo haga es responsable de encubrimiento. Por tal motivo éste se le puede imputar delito penal.

Aumento en las tarifas de IEPS (Bebidas, Gasolinas, Cigarros)

El aumento 7.36%, el cual es un proceso inflacionario, por el simple hecho de que los combustibles son uno de los principales insumos en todos los sectores de la economía y ese aumento se verá reflejado en los precios finales al consumidor.

Cancelación de CFDI´s

En este punto se debe emitir una explicación del motivo de la cancelación del Comprobante Fiscal de los cuales solo existen 4 razones:

  • Comprobante emitido con errores con relación.
  • Comprobante emitido con errores sin relación
  • No se llevó a cabo la operación
  • Operación nominativa relacionada en la factura global

Se tendrá hasta el 31 de enero del siguiente año para poder realizar alguna cancelación de los CDFI emitidos durante el año.

 Deducción de combustibles

Para este ejercicio de 2022 se incluyeron requisitos para poder hacer deducible nuestros consumos de gasolina los cuales son:

  • Permiso vigente de comercialización de la CRE
  • Permiso vigente de importación de la SENER

Esto es que se debe fiscalizar que las gasolineras cumplan y no eliminar estos requisitos, esto si existe algún error por parte de las gasolineras o no se encuentran los requeridos permisos los gastos serán no deducibles.

Depósitos bancarios mayores a 15 mil pesos

La modificación al artículo 55 fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta dice que las instituciones financieras deberán informar al SAT todos los depósitos mayores a $15,000 en efectivo de todas las cuentas abiertas a nombre de un contribuyente, antes de esta modificación, esa información se realizaba una vez al año, este cambio va en el ámbito de fiscalizar el flujo de efectivo y aumentar la recaudación.

Enrique Gómez Managing Partner de Desarrollo Empresarial Gober, explica; “Actualmente el país se encuentra en una complejidad, no hay crecimiento económico, aún no salimos de la pandemia COVID-19, esto nos lleva a un estancamiento en los sectores productivos, a pesar de nuestra industria, comercio y sectores de turismo que tratan de salir adelante pero la autoridad no hace ningún tipo de esfuerzo para ayudar a los que realmente generan riqueza en este país, solo lo que busca es una mayor recaudación a costa de los mismos contribuyentes”.

Es por ello que en Desarrollo Empresarial Gober nos preocupamos y apoyamos a los contribuyentes, porque sabemos lo importante que es que un experto les ayude a blindar su patrimonio y evitar tener problemas con el SAT.

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