El Ministerio de Comercio de criticó la inclusión de “píldoras venenosas” en el Tratado entre , y (T-MEC) relacionadas con economías de no mercado (ENM), lo que pone a China y sus empresas en desventaja en América del Norte.

Concretamente, cuestionó que el T-MEC no permite a ninguna Parte integrante negociar y firmar acuerdos de libre comercio con países definidos como ENM sin arriesgarse a ser expulsada del acuerdo.

En cuanto a la solución de controversias en materia de inversión entre México y Estados Unidos, las empresas invertidas por una ENM no están calificadas como demandantes.

Estas posturas están en el Informe sobre el Cumplimiento de Estados Unidos en la 2023, difundido por el Ministerio de Comercio de China.

Aunque los miembros de la OMC se han opuesto ampliamente a la denominada ‘norma de economía de mercado’ promovida por Estados Unidos en los foros multilaterales, Estados Unidos sigue insistiendo en incluir la cuestión de la ‘economía de mercado’ en forma de ‘píldoras venenosas’ en el acuerdo comercial regional liderado por Estados Unidos”, dijo.

En noviembre de 2018, los tres países de la región firmaron el T-MEC para sustituir al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, conocido tanto por sus siglas TLCAN como NAFTA.

Acerca de un primer punto, el Artículo 32.10 del T-MEC establece que si una Parte tiene la intención de negociar un acuerdo de libre comercio con una economía de no mercado, deberá notificarlo a las otras Partes tres meses antes del inicio de las negociaciones y deberá proporcionar a las otras Partes la oportunidad de revisar el texto completo del acuerdo bilateral, incluidos los anexos e instrumentos paralelos, a más tardar 30 días antes de la fecha de la firma, para que las Partes puedan revisar el texto del acuerdo y evaluar su impacto potencial en el T-MEC.

Cualquier Parte que suscriba un tratado de libre comercio con una ENM permitirá a las otras Partes dar por terminado el T-MEC y sustituirlo por un nuevo acuerdo bilateral dentro de los seis meses siguientes a la notificación.

Con respecto al otro punto, el Anexo 14-D del T-MEC (Controversias en materia de inversión México-Estados Unidos) establece claramente que una Parte en una controversia calificada en materia de inversión no incluye a un inversionista que sea propiedad o esté controlado por una persona de una Parte no incluida en el Anexo que, en la fecha de la firma de este Tratado, la otra Parte del Anexo haya determinado que es una NME.

En opinión del chino, esta práctica de obligar a otros miembros a elegir entre una opción u otra no sólo viola la autonomía de otros miembros y terceros para negociar y concluir acuerdos, sino que también va en contra del objetivo original del establecimiento de zonas de libre comercio entre los miembros de la OMC según el artículo XXIV del GATT; es decir, “las partes contratantes reconocen la conveniencia de aumentar la libertad de comercio mediante el desarrollo, a través de acuerdos voluntarios, de una integración más estrecha entre las economías de los países partes en tales acuerdos”.

El entonces secretario de Comercio de Estados Unidos, Wilbur Ross, ni siquiera se privó de calificar esta nueva disposición del T-MEC como “píldora venenosa”.

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