Tiene 504 mil 379 metros cuadrados, un de golf profesional y un área de club que incluye múltiples servicios para sus 800 familias accionistas. Fundado en 1948, con altas y bajas en su larga , hoy es una joya ambiental que puede presumir al mundo. Y sí es propiedad privada.

No obstante, con el argumento en los Considerandos de que toda persona tiene “derecho a la cultura física y a la práctica del deporte”, los dueños de ese emblemático espacio amanecieron el 13 de abril con la publicación en el Diario Oficial del Estado de Baja California de una Declaratoria de Utilidad Pública, paso indispensable para el Decreto de Expropiación.

En su definición más simple, la propiedad privada es el derecho de las personas (físicas y morales) a obtener, poseer, controlar y disponer de un bien específico. La autoridad no sólo debe respetarla en todos sus actos, sino debe entenderla como la base para generar condiciones de prosperidad y desarrollo entre sus gobernados.

¿Qué le dice al ambiente general de inversión en este particular modo de hacer política pública en un Estado gobernado por ? Aquí tres puntos para la :

1) Hágase la infraestructura en los terrenos de mis adversarios. – No hay Tijuanense que no afirme que esta acción tiene su epicentro en la animosidad pública que se tienen dos actores políticos locales, Valdez y Arturo Cruz González, este último expresidente del de Tijuana.

No es inusual que la polarización política lleve a dos sujetos de un mismo partido a procurarse daño mutuo, lo que es incorrecto es el uso del poder público para afectar un Club que, dicho sea de paso, es parte de la historia de esa ciudad.

2) La materialización de los derechos de unos no debe ser a costa de la propiedad de otros. – El argumento es de un peligro imposible de no registrar. El que falten parques en Tijuana no debe ser argumento para expropiar áreas verdes de uso particular; como el que falten planteles educativos en México no debe ser fundamento para expropiar escuelas privadas.

Pero basta una para que después otros quieran hacer uso del precedente. México no es un país donde un gobernante pueda expropiar propiedad privada de manera caprichosa. No debe serlo nunca.

3) Hay que desarrollar el Estado sin descomponer lo que sí funciona. – Imposible no preguntarle a un Tijuanense, ¿qué no hay parques públicos existentes que requieran inversión? ¿Qué no hay terrenos públicos disponibles para nuevos proyectos ambientales y culturales emblemáticos?

Sí, afirman. Unos aluden el Parque Morelos o el de La Amistad, pero otros hablan de casi 200 opciones para crear mejores áreas verdes urbanas en Tijuana.

Este caso ofrece material para otro capítulo en la novela La Fiesta del Chivo, con la diferencia de que Baja California no es el país de un hombre.

Los directivos del Club Campestre de Tijuana tienen frente a sí una batalla emblemática. El sector privado nacional y extranjero observará con lupa la inteligencia de sus recursos legales, la gallardía de sus actos y su capacidad para aliar a la opinión pública en la defensa de su propiedad.

Si en México impera el Estado de Derecho, el inminente Decreto Expropiatorio no podrá acreditar utilidad pública incontrovertible, ni la solvencia económica para indemnizar –a valor comercial– a los dueños del bien pretendido.

No debería haber voz que –bajo un lenguaje de división de clases o de falsa inclusión– pretenda justificar el arrebato matutino de un local que ha proyectado un estilo más altanero que eficiente y más confiscatorio que desarrollador.

Pero en tanto este penoso caso agote el largo proceso jurídico que se espera, cuando veas al Gobierno de Baja California expropiar, pon tus propiedades a remojar.

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