A pesar de las resoluciones de la Corte Interamericana de respecto de la Oficiosa, hoy en no solo se insiste en la permanencia de dicha medida cautelar, sino que además se busca, una vez más, intentar ampliar el catalogo de que ameritan la privación de la libertad de facto y sin considerar el principio de presunción de inocencia.

Y es que, actualmente, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados Federales, tiene en su agenda, la discusión de reforma al artículo 19 de la con la que se pretende ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Esta medida cautelar ha sido considerada inconvencional por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien ha pedido al mexicano extirparla de su texto constitucional, pero contrario a ello, más allá de considerar dicha posibilidad, se ha decidido ampliar el catálogo de delitos que ameritan está medida cautelar que violenta derechos humanos de manera reiterada.

Cabe precisar que delitos como la extorsiónnarcomenudeo, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, fentanilo y sus derivados, defraudación fiscal, contrabando, expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas facturas, que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados entrarían al catálogo de ilícitos que implicarían prisión automática.

Es decir, bastaría que, un fiscal impute uno de los anteriores delitos para que en automático la persona señalada sea privada de la libertad. Así en tanto la fiscalía aporta el material probatorio suficiente la persona imputada irá a prisión y ello contribuirá a incrementar el número de personas que se mantiene en prisión sin demostrarse su culpabilidad.

Sin lugar a dudas, la discusión de esta reforma presentada por el  de la república propiciará un nuevo frente de batalla entre los tres poderes de la unión, pues mientras el Legislativo y Ejecutivo se pronuncian a favor, el Judicial se inclina por invalidar esta figura que tiene a 38 mil 533 personas en la cárceles del país, sin sentencia, según datos del de 2023 y que representan el 40 por cientos de las personas que hoy se encuentran en los penales del país.

A ello se suma el pendiente que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de resolver la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para invalidar la prisión preventiva, un asunto que está enlistado en la discusión desde enero de este año y que hasta el momento no se ha abordado.

Por ahora, la Suprema Corte ordenó el pasado 1 de julio a Juzgados de distrito y Tribunales Colegiados suspender la tramitación de todos los amparos que tengan como tema de fondo la validez de la prisión preventiva, en tanto se establece un criterio general para resolverlos.

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